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UNO DE LOS DOS NO TRABAJA
Glosario
          Los seguros más frecuentes que podéis precisar son:
Informes y vídeos
          AUTOS / MOTOS
Es un seguro obligatorio y si disponéis de un solo vehículo pero con el tiempo compráis el segundo, es importante que sepáis que si el nuevo seguro para el segundo 
Modalidades
          lo ponéis a nombre del que ya tengáis os podéis aprovechar de la bonificación que corresponda al anterior. Tendréis que indicar el NIF del Tomador, y el nº 
de póliza anterior así como la Aseguradora y algún dato adicional, pero el sistema en la mayoría de las Aseguradoras os bonificará con los antecedentes del 
Necesidades
          seguro en vigor. Si tenéis motos igualmente debéis disponer de un seguro al menos a terceros.
Trucos y consejos
          HOGAR
Si la casa en la que vivís es de propiedad vuestra y además la habéis hipotecado, entonces este seguro es obligatorio, si sois inquilinos es totalmente 
Enlaces
          recomendable como encontrarás la explicación en el apartado de Inquilinos. Si sois propietarios y disponéis además de vuestra vivienda habitual de alguna
vivienda adicional y la tenéis alquilada es posible que os interese un seguro específico de impago de alquileres, que protege al propietario ante el incumplimiento 
            de pago del inquilino, ver en modalidades una mayor explicación de este seguro.
             
            SALUD
            Si estáis pensando en tener hijos es posible que penséis en obtener una asistencia sanitaria privada, en cuyo caso cuanto antes empecéis mejor. El seguro tiene
            períodos de carencia y si lo dejáis para última hora puede ser tarde. Dependiendo de la disponibilidad económica os puede interesar el seguro de salud con 
            reembolso que además de disponer del cuadro médico concertado, para los casos que necesitéis salir a especialistas o centros sanitarios fuera del concierto se 
            reembolsa un porcentaje entre el 80 y el 100 % de los gastos y hasta los límites del seguro.
             
            VIDA
            Si uno de los dos no trabaja y por las circunstancias no se rápido el acceso al mundo laboral, tener en cuenta que la viudedad solo genera el 52% del promedio de 
            las últimas cotizaciones. Si el que trabaja es por cuenta ajena y sus ingresos superan los 39.100 € anuales solo cotiza por este límite y al ser sus ingresos superiores, 
            la pensión en porcentaje sobre el salario total puede ser bastante inferior al 52%. Si además tenéis algún préstamo personal o hipotecario, también es importante
            cubrir al menos el saldo del préstamo. Si ya disponéis de seguro es bueno de vez en cuando revisar la cobertura y el precio, en ocasiones se pueden encontrar 
            importantes diferencias, aunque también es necesario valorar el precio en relación con los capitales y posibles coberturas complementarias.
             
            Si además a lo apuntado anteriormente el que trabaja es autónomo o asimilable, recordar que el autónomo escoge la base de cotización y frecuentemente se cotiza 
            por la base mínima durante bastante tiempo. Si este fuese vuestro caso, pensar que el 52% sería solo sobre lo cotizado por lo que en este caso con mayor motivo 
            la necesidad de disponer de un seguro de vida complementario sería mayor, dado que la posible pensión de viudedad sería muy reducida.
             
            BAJA LABORAL
            Si de los dos que formáis la pareja o matrimonio solo trabaja uno y además es trabajador autónomo o profesional independiente, una situación de incapacidad 
            temporal que se prolongue en el tiempo, ocasionará o pérdida de ingresos o incremento de gastos lo las dos cosas, por lo que si además se cotiza por la base
            mínima, el disponer de un seguro que indemnice por cada día de baja hasta que se ponga de alta puede resolver una complicada situación económica.
             
            SEGURO DE AHORRO
            Según la edad que tengáis pueden ser recomendables diferentes opciones:
             
            Si sois jóvenes y estáis pensando en tener hijos y/o contraer obligaciones como comprar una casa o cambiar de coche, etc. entonces si vuestra situación económica
            lo permite canalizar el ahorro a través de un seguro de ahorro tradicional que aún no ofreciendo ahorro fiscal en el IRPF permite total liquidez en el momento 
            que lo preciséis
             
            Si ya no sois tan jóvenes y estas situaciones ya las tenéis resueltas y pensáis más en el futuro podéis pensar en otro instrumento tal como el seguro PPA o el 
            Plan de Pensiones. En este  caso, según el riesgo que estés dispuesto a asumir, se puede planificar o todo en máxima seguridad dirigiendo el ahorro a un 
            o un Plan de pensiones de Renta Fija, o si preferís arriesgar algo poner parte de vuestro ahorro en Planes de Pensiones individuales con un cierto componente de 
            renta variable, (Renta Fija Mixta, Renta Variable mixta), Y si queréis arriesgar algo más entonces dirigir el ahorro a los Planes de Pensiones de renta variable que 
            prácticamente toda la inversión se realiza en renta variable. Aunque cuanto más cercanos estéis a la Jubilación, menos riesgos os recomendamos. Si nada más que 
            trabaja uno de vosotros, seguro PPA recordaros que se pueden realizar aportaciones a favor del cónyuge que no tenga rentas superiores a 8.000 €, y hasta una 
            cuantía máxima de 2.000 €.
             
            LOS DOS TRABAJAN
            Todo lo dicho anteriormente serviría, pero probablemente os recomendaríamos que hicieseis hincapié en los siguientes aspectos.
             
            SALUD
            Trabajando los dos es posible que no teniendo cargas de hijos, podáis plantearos el seguro más completo de reembolso de gastos por si en algún momento 
            precisáis salir del cuadro concertado. Además recordar que puede ser muy útil complementar con el seguro buco-dental que permite acceder a arreglos de la boca 
            con unas tarifas mucho más reducidas que acudiendo directamente a dentistas privados. Si además uno de vosotros o los dos sois autónomos pensar que una 
            situación de incapacidad temporal además del quebranto económico necesitéis resolverlo cuanto antes, para intentar reducir el tiempo de puesta en alta, 
            para ello poder disponer de total libertad de asistencia sanitaria puede ayudar a acelerar los procesos de recuperación.
             
            BAJA LABORAL
            Siendo uno de los dos o los dos autónomos, y trabajando los dos, puede ser más aconsejable el que formalicéis para cada uno un seguro de os indemnice en caso 
            de estar en incapacidad temporal, no solo compensa la pérdida de ingresos sino que compensa el incremento de gastos.
             
            VIDA
            Al trabajar los dos, la situación de dependencia es menor, pero en todo caso procurar al menos que las posibles deudas queden amortizadas. Si tenéis ya algún 
            seguro de vida y cubriendo algún préstamo puede ser recomendable comparar precios y coberturas, a veces se consigue reducir el coste de forma notoria.
             
            AHORRO
            Si trabajáis los dos y no tenéis cargas familiares y además podéis diversificar el ahorro, os recomendamos que podáis tanto utilizar el seguro PPA o el Plan de 
            pensiones con diferentes alternativas de inversión de mayor o menor riesgo. El diversificar puede ser bueno para al menos en  una parte intentar obtener 
            una mayor rentabilidad en los Planes que tienen mayor componente de renta variable, pero sabiendo que si por alguna circunstancia decidís cambiar el traspaso 
            de derechos consolidados entre Planes o incluso dirigiéndolo a un seguro PPA no tiene penalización y permite cambiar de instrumento buscando rentabilidad 
            y seguridad.
             
            El seguro PPA y el Plan de Pensiones permite además obtener un ahorro fiscal en el IRPF, pero si utilizáis como parte de ahorro el seguro tradicional, es bueno 
            que sepáis que el seguro de ahorro aunque no deduce en el período de pago de primas al vencimiento solo se tributa por el rendimiento obtenido y además 
            como rendimiento del capital mobiliario lo que supone una menor tributación que a través del seguro PPA o del Plan de Pensiones que tributa sin reducción 
            alguna por el total percibido y como rendimientos del trabajo lo que supone una tipo de gravamen muy superior. La única reducción sería para los derechos 
            consolidado obtenidos con aportaciones realizadas hasta el límite del 31/12/2006, pero si no has realizado aportaciones con anterioridad a esta fecha ya no tendrás
            reducción.