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SEGURO DE HOGAR
Glosario
          SI ERES PROPIETARIO. Para proteger tu patrimonio tanto en los daños materiales que afecten al Continente y al Contenido, como los perjuicios que puedas 
ocasionar a terceros y debas responsabilizarte. Recuerda que si tienes seguro comunitario en tu inmueble, es recomendable que en el seguro individual asegures 
Informes y vídeos
          también el Continente, de no hacerlo habrá coberturas que puedas echar en falta con el tiempo: Daños estéticos, Roturas, Daños derivados del agua por 
conducciones privativas,....
Modalidades
           
SI ERES INQUILINO. Ante el propietario debes responder de los daños que ocasiones al inmueble y al mobiliario, si además la vivienda está amueblada. Hay riesgos 
Necesidades
          que nacen del uso del inmueble y esto incumbe al inquilino, y aunque el propietario tenga un seguro, algunos daños que puedan surgir te los podrán reclamar. 
Los daños al Continente estarán cubiertos por la RC, por ello y  salvo que hayas realizado alguna obra de reforma podrás evitar asegurar este concepto, y tendrás 
Trucos y consejos
          que centrarte en el Contenido en este caso con mayor motivo si los muebles son tuyos, pero debes hacerlo igual aunque la vivienda esté amueblada por el 
propietario, dado que un incendio por un cortocircuito en un aparato, o un incendio por descuido cocinando, etc., pueden afectar también al contenido y al ser 
Enlaces
          causado por tí será de tu responsabilidad.
            SEGURO DE VIDA
            Dado que la viudedad es solo el 52% del promedio de nuestras bases de cotización, y la orfandad el 20% pero con límite de edad en 21 años, la pérdida 
            de ingresos en la unidad familiar puede ser importante y agravado si el trabajador autónomo cotiza por debajo de sus ingresos, además si cotiza por la base 
            mínima la diferencia sobre sus ingresos habituales puede ser importante y por tanto la pensión de viudedad orfandad supondrá un % inferior al 52% teniendo 
            en cuenta la relación sobre los salarios reales. Por otro lado como la mayor parte de los autónomos cotizan por bases pequeña durante gran parte de su vida 
            laboral si superado los 48 años no han superado los 1.800 € de base de cotización ya no lo podrán hacer, y esto influirá sobre las prestaciones.
             
            SEGURO DE SALUD
            En determinadas situaciones precisamos o deseamos una rapidez de asistencia que no siempre la Seguridad Social nos puede proporcionar. El seguro privado 
            de salud garantiza una mayor agilidad dado que puedes elegir el especialista y centro sanitario y las listas de espera son muy reducidas, en general no existen 
            aunque puede ser que para determinado especialista si haya también un cierto tiempo de espera, pero existen más alternativas. En los autónomos sobre todo 
            quienes dependan de sí mismos para desarrollar su actividad, y el estar de baja suponga tener que contratar a alguien para no perder la clientela, supondrá un 
            quebranto económico importante, y por ello precisarán no demorar la recuperación de la salud, y el seguro privado ayudará a conseguirlo.
             
            También es importante saber para el autónomo que si tributa en el IRPF por estimación directa podrá deducir de sus ingresos hasta 500 € al año por cada miembro 
            de la unidad familiar incluido en el seguro. Y esto es una ventaja importante.
             
            SEGURO DE BAJA LABORAL
            Conjuntamente con el seguro de salud también tiene para los autónomos la deducción hasta 500€ de la Bas imponible del IRPF. Y es un seguro específicamente
            necesario para el autónomo, porque en caso de incapacidad temporal lo que percibirá de la Seguridad Social será como máximo el 75% de lo que se cotice, y dado 
            que es frecuente cotizar por debajo de los ingresos y además en la mayoría de los casos por la base mínima, la pérdida de ingresos puede ser muy importante.
            Incluso no solo el problema es la pérdida de ingresos sino el aumento de los gastos, necesario para acelerar la recuperación de la salud y gastos de contratar
            a una persona que continue con la actividad laboral, para no perder clientela, sobre todo cuando no puede suplirse su trabajo por ningún otro miembro de la familia.
             
            Este seguro trata de minimizar la pérdida de ingresos, y complementa la prestación de la Seguridad Social para el autónomo.
             
            COMPLEMENTO DE JUBILACIÓN
            Al igual que en el caso de vida la pensión es un promedio de las bases de cotización, aunque en este caso es de los últimos 25 años, con lo que puede existir 
            una gran diferencia entre lo que se cotizará los últimos años de la vida laboral activa y lo que se cotizaba en los más antiguos, además para tener derecho 
            al 100% implica haber cotizado 37 años y si alguien ha empezado a cotizar tarde o tiene lagunas de cotización, puede encontrarse con un % inferior al 100% de 
            este promedio.
             
            El autónomo al cotizar o por la base mínima durante mucho tiempo, o por debajo de sus ingresos en todo caso, se encontrará en una situación aún peor que el 
            trabajador por cuenta ajena, y por tanto precisará un complemento mayor. Solo aquellos que coticen por el máximo (muy poco frecuente) y aún así si sus ingresos 
            son muy superiores también precisará realizar el complemento. Aún cotizando el autónomo por la base máxima esto lo estaría haciendo en los últimos años de 
            vida laboral y como se tienen en cuenta de momento los últimos 25 años, seguramente al hacer el promedio se tendrán en cuenta bases inferiores a la máxima.
             
            SEGURO DE AUTOS
            Es un seguro obligatorio al menos para las garantías a terceros (seguro obligatorio y seguro voluntario + Defensa y Fianzas). Aún así debemos revisar bien como 
            debemos complementarlo no olvidando revisar:
             - Asistencia en viaje:  amplitud de coberturas como Km de traslado al taller + cercano al domicilio, o si cubre el pinchazo de ruedas, falta de combustible….
             - Accidentes del conductor: capitales asegurados y limitación o no en asistencia sanitaria en centros concertados y centros de libre designación.
             - Vehículo sustitución: requisitos para tener derecho, contingencias cubiertas y límites de uso
             - Accidente con animales cinegéticos: saber si existe cobertura y condiciones
             - Daños propios:  amplitud de cobertura, criterio de indemnización….
             
            SEGURO DE DECESOS / DEFUNCIÓN
            Aunque quizás en segundo plano, es una protección tradicional que permite facilitar a los familiares del Asegurado el traslado al lugar de enterramiento así como 
            realizar los trámites para el propio enterramiento o incineración. El coste del seguro es reducido sobre todo si se empieza a una edad joven.
                                   
            SEGURO DE COMERCIO / INDUSTRIA
            En el local de negocio bien siendo de su propiedad o como inquilino, deberá protegerse ante los riesgos que puedan poner en peligro su patrimonio y la actividad 
            que se desarrolla, es necesario incluir al menos: Incendio, explosión daños por agua, Robo, Responsabilidad Civil, Paralización de la actividad (pérdida de beneficios),
            transportes, avería de maquinaria, etc. Todo ello se desarrollará dentro de modalidades en el apartado correspondiente.
             
            RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL
            Dentro del seguro Multirriesgo comercial en la cobertura de RC se incluyen los posibles daños derivados de su actividad pero dentro del local de negocio, si su 
            actividad la desarrolla fuera del local y según los trabajos que realice, es muy probable que precise complementar este riesgo pues si produce daños derivados de 
            su actividad no siempre estarán cubiertos por el seguro multirriesgo. Es conveniente revisar con su seguro y la propia Aseguradora.
             
            VARIOS DSEGÚN ACTIVIDADES:
            Dependiendo de las actividades que cada persona pueda realizar, pueden ser necesarios diferentes seguros, principalmente:
             
             - CAZA. Es obligatorio realizar un seguro que cubra los daños personales y es recomendable al menos aumentarlo a materiales
             - EMBARCACIONES. Tanto deportivas como de recreo, es obligatorio disponer al menos de un seguro a terceros. (RC)
             - ACCIDENTES. Si se practican ciertos deportes como amateur o se realizan ciertas actividades laborales de riesgo es recomendable
             - RC PERROS. Si es peligroso o potencialmente peligroso es obligatorio y no está cubierto por RC del seguro hogar
             - IMPAGO DE ALQUILERES. Si se dispone de viviendas en alquiler, se trata de protegerse frente al impago del inquilino