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COBERTURA HIPOTECA
Glosario
          Si tuviésemos hipotecada nuestra vivienda y no dispusiésemos de un seguro que cubriese los posibles daños derivados no de temas menores pero si de     
un incendio, explosión, inundación, etc. podríamos estar en peligro de perder nuestro patrimonio adquirido y además continuar con una deuda financiera.
Informes y vídeos
               
Pero no solo es una necesidad sino que la Ley del mercado hipotecario exige que se proteja el bien hipotecado con un seguro contra los daños que pueden 
Modalidades
          derivarse en el tiempo. No es solo de incendios, como muchas veces se piensa, sino que la protección debe ser amplia, y la Ley indica Daños, con lo que     
debe ser una cobertura más amplia. 
Necesidades
               
¿Y sobre que valor?. En algunas ocasiones pensamos que porque asegurar la casa por 120.000 € si realmente la hipoteca era de 90.000 € y debo nada 
Trucos y consejos
          mas que 75.000 porque ya he amortizado parte. Claro si solo asegurásemos por el valor que debemos, no estaríamos cubriendo todo el valor de     
reconstrucción, y como seguro que ya habréis visto en otras secciones de esta aplicación, si el valor asegurado es inferior al valor del bien se aplica
Enlaces
           "infraseguro", esto es pagar la indemnización por la misma proporción que el infraseguro cometido. Por ello es necesario asegurarlo no por el valor de     
venta que puede ser muy superior, sino por el valor de reconstrucción, que además cuando hay hipoteca es sencillo determinar porque en la tasación así se indica.
             
            RIESGOS EN SEGURO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS NO CUBIERTOS
            Aunque se disponga de un seguro Comunitario si quisiéramos utilizarlo para dar cobertura a una posibles hipoteca, ¿Sería válido?. Pues sí, perfectamente, lo único 
            a tener en cuenta es que la cuota parte que le corresponda al propietario del total del capital puede suceder que no alcance el valor a efectos de seguro que 
            marque la tasación. Una solución podría ser subir el capital del inmueble de tal forma que la cuota parte sobre este nuevo valor fuese igual al capital por el cual
            hacer el seguro, pero con ello habría que poner de acuerdo a toda la comunidad y además surgiría  el  problema que a otros propietarios les interesaría diferentes 
            valores por lo que resultaría muy difícil llegar a un acuerdo. Por tanto la solución más adecuada sería complementar el continente que nos corresponda por el seguro
            comunitario (y haciendo una cesión de derechos a favor de la Entidad Financiera) con el capital que reste hasta el total a través de un seguro individual, y como 
            aconsejable dado que este valor será inferior al total asegurándolo a primer riesgo para evitar que nos apliquen el infraseguro.
             
            Resuelto lo anterior, también es importante advertir que en el seguro comunitario, y como se encontrará explicado en diferentes apartados de esta aplicación, 
            hay determinados riesgos que pueden no estar cubiertos o aún estándolo dejar de tener cobertura con el tiempo. Esto solo se consigue cubrirlo con un seguro
            individual, y estos riesgos que afectan al continente, principalmente son: Daños estéticos, Roturas que suelen estar limitadas a los cristales de las fachadas, daños
            provocados por el escape accidental de agua de un aparato electrodoméstico, daños por agua derivados de conducciones privativas.
             
            PROTEGER EL PATRIMONIO
            Tanto el valor de reconstrucción del continente como el conjunto de muebles, ajuar doméstico y otros enseres de la vivienda, es el fruto del esfuerzo de muchos 
            años de trabajo, y quizás un pequeño daño como la rotura de un cristal, o un robo pero solo de dinero en efectivo y de escasa cuantía, etc. podríamos asumirlo con 
            nuestros propios ahorros, pero hay múltiples situaciones que pueden poner en peligro nuestros bienes (incendio, explosión, inundaciones...) que difícilmente
            podremos recuperar sino tuviésemos un seguro. Es conveniente revisar bien el alcance de las coberturas, dado que no solo en diferentes Aseguradoras, sino en 
            una misma es posible que haya diferencia de modalidades con precios diferentes pero con niveles de protección a elegir..
             
            RIESGOS EXTRAORDINARIOS
            Hay riesgos más próximos o cercanos que podemos pensar que teniendo cuidado en las tareas que realizamos no se van a llegar a producir, por ejemplo cuando 
            cocinamos vigilar adecuadamente todos los procesos, o si fumamos siendo muy cautos en apagar bien los cigarrillos, etc. También hay riesgos que pensamos 
            podemos evitarlos con el mantenimiento, por ejemplo: revisando  periódicamente la instalación eléctrica de la casa, o revisando las tuberías cada x años y 
            modificando lo necesario, etc. Pero hay otros riesgos que es escapan de nuestro control: Que el incendio lo origine un vecino colindante y que resulte insolvente 
            y no tenga seguro, que se produzca un terremoto, que el viento supere los 120 Kms., que se produzca una riada o un maremoto, Inundaciones derivadas de un 
            fuerte temporal, actos de terrorismo, etc. 
             
            Aunque algunos riesgos son más infrecuentes otros ocurren cíclicamente y en zonas diferentes, por lo que no es difícil que se pueda producir y esto no lo podremos
            evitar en ningún caso. Por ello es muy importante ante estos daños disponer de un seguro, porque de no tenerlo, solo existirá la posible ayuda que el Estado 
            o las Comunidades Autónomas quieran otorgar a los indemnizados, pero disponiendo de un seguro adecuado el Consorcio de Compensación de Seguros se hará
            cargo hasta los propios límites del seguro.
             
            DAÑOS A TERCEROS
            Derivado del inmueble que habitamos pueden originarse no solo daños a nuestros bienes, sino también a los inmuebles colindantes, este riesgo es aún mayor 
            porque es difícil prever las consecuencias que pueden alcanzar, si se produce un incendio que afecte a más de un piso, rehabilitarlos puede precisar una importante 
            suma de dinero, y lo mismo una rotura accidental de una tubería o una simple omisión del cierre de grifos... de los años originados a terceros debemos responder 
            nosotros y el seguro nos protege con amplitud. De los riesgos del propio inmueble generalmente está cubierto tan solo con el Continente del seguro hogar, y si 
            incluimos el Contenido, entonces se abarcará también a la RC familiar que amplía a otros actos de la vida cotidiana dentro o fuera de la vivienda, incluyendo además 
            a los miembros de la unidad familiar que convivan con nosotros.
             
            SI SOMOS ARRENDADORES
            Si tenemos una o más propiedades en alquiler, tenemos ciertos riesgos específicos, como por ejemplo y principalmente:.
             - INCENDIO. Derivado de un cortocircuito en el cuadro eléctrico y que origine daños al mobiliario del inquilino..
             - INCENDIO. Quede la casa inhabilitada mientras se rehabilita y se pierdan los alquileres dado que el inquilino tiene que irse a otra.
             - ACTOS VANDÁLICOS DEL INQUILINO. Algunos seguros lo cubran aunque hasta ciertos límites, pero necesario en ocasiones.